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El Tribunal Supremo de Irlanda solicitó alTribunal de Justicia Europeo (TJE) revisar la normativa de protección de datos de laUnión Europea tras las acusaciones contraFacebook de que compartió información de usuarios europeos con la Agencia de Seguridad Nacional (NSA) estadounidense.
Sin embargo, dijo que no sería capaz de forzar al responsable de la protección de datos del país y al regulador europeo a investigar esas acusaciones.
Un grupo de estudiantes austriacos, europe-v-facebook, demandó una investigación sobre las acusaciones de que algunas compañías comoApple o Facebook ayudaron a la NSA a recolectar correos electrónicos y otra información privada de ciudadanos europeos.
El ex analista estadounidense de inteligenciaEdward Snowden reveló el año pasado que la NSA utilizó a compañías de Internet como Apple, Google, Facebook y Microsoft para recopilar información de los usuarios como parte de un programa de vigilancia electrónica masiva denominada Prism.
El regulador de datos irlandés - que supervisa algunas de las mayores compañías de Internet en Estados Unidos, que tienen su sede europea en Irlanda - había dicho en julio que no había motivos para esa investigación.
El magistrado del Tribunal Superior Gerard Hogan, que tiene jurisdicción porque la sede europea de Facebook está en Dublín, dijo que no podía forzar una investigación, pero añadió que la solicitud arrojaba dudas sobre si las normas sobre datos de la UE eran compatibles con la Carta de Derechos Fundamentales de la UE.
"Está claro que la presente solicitud de revisión judicial debe ser rechazada... porque la Comisión Europea ya ha decidido que EEUU proporciona un nivel adecuado de protección de datos", dijo.
Pero pidió al Tribunal Europeo de Justicia que aclare si los principales fallos de protección de datos en cooperación con EEUU - la Directiva de Protección de Datos de 1995 de la UE y la decisión de la Comisión Europea sobre los principios de puerto seguro en 2000 - son compatibles con la Carta de los Derechos Fundamentales europea.
"La cuestión fundamental que se plantea es si la interpretación correcta de la Directiva de 1995 y la decisión de la Comisión de 2000 debe ser reevaluada a la luz de la posterior entrada en vigor del artículo 8 de la Carta de la UE", dijo Hogan.

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